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Ayuda asistencial AIO - ¿Qué entendemos por convivir?

Ayuda asistencial AIO

¿Qué entendemos por convivir?

Por convivir entendemos que:

  • vive con una persona de 18 años o más en una misma casa y
  • comparte los gastos de la unidad económica o
  • se cuidan mutuamente.

Llamamos 'pareja' a la persona que vive con usted y que puede ser su cónyuge, un amigo, un hermano o un nieto. Si vive son su pareja, le corresponde una ayuda asistencial (AIO) siempre que la suma de sus ingresos conjuntos no alcancen los 1.342,07 euros netos al mes. Además, el patrimonio conjunto no ha de superar los 11.370 euros.

Ayuda asistencial para una persona que vive sola

Excepcionalmente, si vive con alguien en una misma casa, puede corresponderle una ayuda asistencial (AIO) para una persona que vive sola, si esa persona es arrendadora o arrendataria de la vivienda.

Vive con un nieto menor de 18 años

Si vive con un nieto menor de 18 años por quien percibe un subsidio familiar, le corresponderá una ayuda asistencial (AIO) para familias monoparentales, siempre que sus ingresos no superen los 1.227,02 euros netos al mes.

Vive con un hijo mayor de 18 años

Si comparte la vivienda con uno o más hijos propios o hijastros con edades comprendidas entre los 18 y los 65 años, no le corresponde una ayuda asistencial (AIO), pero es posible que le corresponda una ayuda asistencial del ayuntamiento, siempre que sus ingresos conjuntos no superen los 1.342,07 euros netos al mes.

Excepción:
Le abonamos la ayuda asistencial (AIO) si su hijo está estudiando y percibe una financiación de estudios.

Vive con un hijo o un progenitor de 65 años o más

Si comparte la vivienda con un hijo o un progenitor y todos los miembros de la unidad económica tienen 65 años o más, le abonamos la ayuda asistencial (AIO), siempre que los ingresos conjuntos no alcancen los 1.342,07 euros netos al mes.

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