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Ayuda asistencial AIO - Se va a casar o va a vivir con alguien

Ayuda asistencial AIO

Se va a casar o va a vivir con alguien

El importe de la ayuda asistencial varía según que el beneficiario esté casado, conviva con otra persona o viva solo. Si se va a casar o va a convivir con otra persona, cambiará la cuantía de su ayuda asistencial y de su pensión AOW.

Matrimonio, convivencia o contrato de unión civil

No hacemos distinción alguna entre matrimonio, convivencia y contrato de unión civil.

¿Qué entendemos por convivencia?

Por convivencia entendemos que:
  • vive con una persona de 18 años o más en una misma casa y 
  • comparten los gastos de la unidad económica o
  • se cuidan mutuamente.
Denominamos pareja a la persona que convive con usted. Puede ser su pareja su cónyuge, un amigo, pero también un hermano o un nieto.

¿Cuándo consideramos que no convive con otra persona?

Consideramos que no convive con otra persona si:

  • vive en una misma casa con su propio hijo de 18 años o mayor;
  • vive en una misma casa con su nieto menor de 18 años;
  • alquila una habitación a otra persona.

Si tiene otros ingresos, cambiará el importe de su ayuda asistencial cambiará.

Si se va a casar o va a vivir con otra persona, percibirá una ayuda asistencial para una persona con cónyuge o pareja. Si percibe una pensión AOW, le corresponderá la modalidad de pensión para una persona con cónyuge o pareja. Si su pareja es menor de 65 años, podrá percibir un suplemento por cónyuge a cargo.

Le corresponderá el salario mínimo para personas con cónyuge o pareja, que asciende a 1.342,07 euros netos al mes. Seguirá percibiendo la ayuda asistencial mientras la suma de sus ingresos y los  de su pareja no superen ese importe.