Seguros Voluntarios
Retención de la cuota de su prestación
Si percibe una pensión o prestación nuestra o del UWV, puede pedir que le retengamos la cuota del seguro voluntario de su prestación. Tendrá que autorizarnos oficialmente, para lo cual le enviaremos un formulario.
La retención de la cuota sólo se puede efectuar con una pensión o prestación nuestra o del UWV
Se puede retener la cuota del seguro voluntario de:
- una pensión AOW
- una prestación Anw
una prestación de incapacidad laboral del UWV.
Si percibe una prestación de otro organismo que no es el SVB ni el UWV, no podremos retenerle la cuota del seguro voluntario y tendrá que efectuar usted mismo la transferencia.

