Desplazamientos internacionales
Se dedica al transporte de personas o mercancías dentro de Europa
Tiene una empresa que transporta personas o mercancías a países de la UE (Unión Europea) o del EEE (Espacio Económico Europeo). Si su empleado va a trabajar fuera de Holanda, probablemente siga cotizando a la seguridad social de Holanda para la pensión de vejez, el subsidio familiar y las prestaciones de desempleo e incapacidad laboral. Este será el caso si:
- su empleado vive en Holanda o en otro país de la UE.
- usted abona las cuotas de la seguridad social que retiene de su salario al fisco holandés.
¿De qué empleados se trata?
Se trata de profesiones tales como:- conductores de autocares de turismo
- taxistas
- camioneros
- pilotos, azafatas y auxiliares de vuelo
- maquinistas, revisores
- patrones de barco de navegación interior y marineros
Excepción: su empeado trabaja la mayor parte del tiempo en el país donde vive
Si su empleado no vive en Holanda y el 70% de su tiempo trabaja en el país donde vive, cotizará a la seguridad social de ese país. Abonará las cuotas de la seguridad social en ese país. Es conveniente que se registre como empresario en el país donde viva su empleado, ya que sólo podrá percibir prestaciones de desempleo, incapacidad laboral o una pensión si está ahí registrado.Prueba de desplazamiento con el formulario E101
En muchos países se efectúa una inspección laboral para constatar si está cotizando a la seguridad social, lo cual puede demostrar por medio del formulario E101. En algunos países no le está permitido trabajar sin este formulario.
- A continuación encontrará información adicional en materia de seguros en Bélgica y Alemania en las Oficinas de Enlace con Bélgica y con Alemania.
- Si desea información sobre otros países, llámenos al número de teléfono +31 20 656 52 77
- Departamento de Enlaces con Bélgica (BBZ)
- Departamento de Enlaces con Alemania (BDZ)

