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Pensión AOW - Se va a casar o se va a vivir con alguien

Pensión AOW

Se va a casar o va a vivir con alguien

Las personas que están casadas, o que conviven con otra persona, perciben un importe de pensión AOW distinto al que perciben las personas que viven solas. Es decir que, si se casa o se va a vivir con otra persona, cambiará el importe de su pensión AOW.

Matrimonio, convivencia o contrato de unión civil

No hacemos distinción alguna entre matrimonio, convivencia y contrato de unión civil.

¿Qué entendemos por convivencia?

Por convivencia entendemos que:

  • vive con una persona de 18 años o más en una misma casa y
  • comparte los gastos de la unidad económica o
  • se cuidan mutuamente.

A la persona que vive con usted la llamamos ´pareja´. Puede serlo su cónyuge, un amigo, pero también un hermano o un nieto.

Si cada uno está inscrito en otra dirección

Si una persona está inscrita en otra dirección pero vive en su casa, se considera que tienen residencia habitual en una misma casa. El comportamiento diario de una persona determina si constituye una unidad económica con otra persona. No se trata únicamente de pagar algo entre los dos, sino también de utilizar la propiedad del otro (como un coche) y de ayudarse mutuamente al realizar tareas en la casa (hacer la compra, cocinar, lavar). Y viceversa: si mantiene su propia vivienda y está usted inscrito en otra dirección pero en realidad vive en la casa de otra persona, entonces se considera que convive con esa persona.

Está casado pero no vive en la misma dirección que su pareja

Está casado pero cada uno vive en una casa distinta, entonces consideramos que vive solo si:

  • llevan una vida como si no estuvieran casados;
  • cada uno forma una unidad económica distinta y
  • se trata de una situación duradera.

¿En qué casos consideramos que no hay convivencia?

No se considera que hay convivencia si vive en la misma casa con su hijo (hijo propio, hijastro o hijo acogido), tampoco cuando ese hijo tenga 18 años o más. Tampoco se considera que hay convivencia si usted alquila una habitación a otra persona. En ese caso, cada uno forma una unidad económida distinta y la casa tiene que estar preparada para ello, por ejemplo con un salón y dormitorio propio. Además, debe poder demostrar dicha relación comercial ya que existen acuerdos y se han determinado precios reales. También tiene que figurar en su administración que su ha abonado el alquiler o el cuidado acordado.

¿A cuánto asciende su pensión AOW si se casa o va a convivir con otra persona?

Si vive solo, su pensión AOW equivale al 70% del salario mínimo interprofesional. Si está casado o convive, su pensión AOW es del 50% del salario mínimo neto. Si ambos tienen la edad pensionable, juntos perciben el 100% del importe máximo de pensión AOW.

Si su pareja aún no ha alcanzado la edad pensionable, a usted le abonamos un suplemento por cónyuge a cargo, junto con su pensión AOW. El suplemento por cónyuge a cargo es igual a su pensión AOW, equivalente al 50% del salario mínimo neto. Los ingresos de la pareja se descuentan del suplemento por cónyuge a cargo.