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Pensión AOW - Pensión o prestación de la pareja

Pensión AOW

Pensión o prestación de la pareja

Si su cónyuge o pareja no ha cumplido aún los 65 años, usted recibirá un suplemento junto con su pensión AOW. En el caso de que su cónyuge o pareja trabaje, deduciremos estos ingresos parcialmente del suplemento. También los ingresos de usted repercuten en el importe del suplemento. Cuando los ingresos conjuntos superan los 2.530,98 al mes, debemos reducir el suplemento en un 10% como máximo.

Ingresos que deducimos del suplemento

  • Las pensiones o prestaciones de su pareja, totalmente.
  • Si su pareja cobra mensualmente una pensión o prestación de más de 718,47 bruto, euros brutos, no le abonamos el suplemento.

Comunique los cambios

Si cambia el importe de la pensión o prestación de su pareja, no deje de comunicárnoslo. Le abonaremos el suplemento que le corresponde.

¿Cambian sus ingresos? Comuníquenoslo si\:

  • sus ingresos conjuntos no alcanzan los 2.675 euros brutos al mes,
  • sus ingresos conjuntos no alcanzaban los 2.675 euros brutos al mes, pero ahora superan los 2.675 euros brutos al mes